Contratos

Precio Fijo Electricidad
Precio Indexado

En Fussion Energía trabajamos con ambos mercados: mercado con precio fijo y mercado indexado.

Con el precio fijo, te aseguras de pagar una tarifa invariable durante un año, lo que significa que no habrá modificaciones en el precio de la energía consumida durante ese período. Este contrato tiene una permanencia de un año, garantizando que la comercializadora no podrá alterar el precio acordado.

Es importante no confundir el precio fijo con la tarifa fija. La tarifa fija implica un acuerdo con la comercializadora para pagar una cantidad específica de energía cada mes, independientemente del consumo real.

En contraste, con el precio fijo, el precio por unidad de energía es constante, pero el costo total se calcula en función del consumo mensual o del periodo de facturación.

Actualmente, ambos mercados están equiparados en cuanto a precio. La mayoría de nuestros contratos tienen precio fijo, aunque esto puede variar según las necesidades del cliente y el consumo en el punto de suministro.

Aplicando el precio fijo en las tarifas de electricidad, estamos logrando ahorros del 30% al 40% para nuestros clientes. Cabe destacar que ambos mercados requieren un año de permanencia para pymes y autónomos, aunque esta restricción no se aplica a particulares.

Consulta con nosotros las diferentes tarifas de electricidad y gas disponibles de diversas comercializadoras. ¡Estamos aquí para ayudarte a encontrar la mejor opción para tus necesidades energéticas!

 

Los precios indexados son una modalidad de tarifa de suministro de electricidad que permite pagar un precio basado en el mercado mayorista por la energía eléctrica consumida durante cada periodo de facturación, reflejado en cada factura de luz.

Esta opción permite al usuario adquirir electricidad a precio mayorista, brindándole la oportunidad de acceder al mercado eléctrico libre, pagando únicamente un coste de gestión a la comercializadora encargada de la compra.

El precio indexado es especialmente recomendable para empresas con un alto consumo de luz, aunque también es apto para PYMES. Esta modalidad de tarifa se estructura de la siguiente manera:

  • El término de potencia se fija al precio publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), a diferencia de las tarifas fijas, donde el precio puede ser superior y, por lo tanto, más costoso para el usuario.
  •  
  • El término de energía varía cada hora del día. El cliente paga por lo que consume en cada momento, siempre al precio de venta del mercado eléctrico.
  • La comercializadora añade un pequeño recargo por la gestión, que representa su margen de beneficio por la compra de energía.
  • El impuesto eléctrico se aplica igual que en el resto de tarifas del sistema eléctrico.

El precio indexado al pool implica que la energía se compra a través de un operador del sistema eléctrico. Los consumidores negocian con una comercializadora, que se encarga de la compra de energía, y el cliente solo paga un margen de beneficio.

La estructura de esta tarifa es similar a la descrita anteriormente, pero con la diferencia de que el operador que fija el precio es OMEL, encargado de regular la compra de energía realizada por las comercializadoras.

De este modo, se establece un importe para cada hora del día y se paga el precio al que se vende la electricidad. Si el cliente elige contratar el precio indexado a través de una comercializadora, deberá abonar un margen de beneficio por los gastos de gestión e incluir los impuestos fijados por el Gobierno.

×